Se reforzará el control monetario de las operaciones de comercio exterior

El Decreto Presidencial nº 156 de la República de Uzbekistán introdujo modificaciones y adiciones en varios documentos.
Estos cambios introducen modificaciones en reglamentos específicos, que abarcan varias cuestiones fundamentales.
En primer lugar, se normalizarán los plazos de aplazamiento de los pagos aduaneros, garantizando que no excedan de 120 días.
En segundo lugar, se reforzarán los procedimientos de contabilización de los créditos y débitos vencidos en las operaciones de comercio exterior y se mejorará el proceso de repatriación de activos.
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